Schmidt & Schmidt ofrece servicios de legalización consular de documentos públicos del Estado de la Ciudad del Vaticano.
Legalización consular de documentos públicos del Vaticano
El Vaticano no ha adherido a la Convención de La Haya que suprime la exigencia de legalización de documentos públicos extranjeros. Por lo tanto, los documentos del Vaticano no pueden ser legalizados mediante apostilla; solo pueden ser reconocidos para su uso en el extranjero después de su legalización consular.
La legalización consular es el proceso de autenticar o certificar un documento legal para que el sistema legal de un país extranjero lo reconozca con pleno efecto legal, y es llevado a cabo por la misión diplomática o consular del país en el que se va a utilizar el documento.
Legalización consular de documentos públicos para uso en el Vaticano
Cualquier documento público emitido en el extranjero puede ser legalizado para su uso en el Vaticano de acuerdo con el procedimiento requerido en el estado de emisión del documento. Los documentos extranjeros deben ser finalmente legalizados por las representaciones y nunciaturas apostólicas del Vaticano para ser validados para el Vaticano. Tenga en cuenta que la Santa Sede no tiene relaciones con los siguientes quince países: Afganistán, Arabia Saudita, Brunéi, Comoras, Maldivas, Mauritania, Omán, Somalia, Corea del Norte, Laos, China, Vietnam, Bután, Myanmar y Tuvalu.
Los siguientes documentos pueden ser legalizados:
- Extractos del registro comercial
- Certificados de estado civil (certificados de nacimiento, defunción, matrimonio y divorcio)
- Documentos educacionales (boletines escolares, certificados, diplomas)
- Decisiones judiciales
- Copias de documentos certificadas notarialmente
- Traducciones certificadas notarialmente
- Otros documentos notariales (autorizaciones, testamentos, declaraciones)